Cliente fue captado por una cámara de la M30 conduciendo a 139 km/h en una zona limitada a 70km/h. Al superar los 60km/h de velocidad, la policía le inició un procedimiento penal por exceso de velocidad. El cliente nos confesó que fue él, sin embargo, ya en comisaria comprobamos que sólo tenían una foto de una persona conduciendo una moto, sin poderla identificar, y que la moto estaba a nombre de una de las empresas de nuestro cliente, por lo que en verdad, el motivo de que le llamaran él es porque figura como administrador único de la empresa.
Dicha moto se encuentra en el garaje de la empresa, la cual está a disposición de más de 80 trabajadores (también tiene otros vehículos que estos utilizan para el trabajo). Tanto en comisaría como en sede judicial se declaró que nuestro cliente no condujo ese día, que se encontraba trabajando y que cualquiera de los 80 trabajadores podría haberla cogido para hacer algún encargo. Como no se puede identificar quién condujo ese día, se ha decretado el sobreseimiento del procedimiento.