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Sentencias

24/06/2024

En lo que va de año, cinco Juzgados distintos de lo Contencioso Administrativo de Madrid han fallado a favor de los conductores que recurrieron sus multas por entrar en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) sin un vehículo autorizado. Estas sentencias no solo anulan las sanciones, sino que también ordenan la devolución de los importes cobrados y/o embargados.

La empresa que recurrió en nombre de los conductores, Dvuelta, sostiene la nulidad de los procedimientos por la confusa y deficiente señalización que delimita el acceso a estas zonas. En todos los casos, los Juzgados han respaldado las pretensiones de los demandantes, emitiendo un severo reproche a la actuación municipal.

Unanimidad judicial y presunción de inocencia

Los Tribunales han coincidido en que la señalización no cumple con lo estipulado, lo que impide acreditar que los conductores denunciados hayan incurrido en la infracción. Esto refuerza la presunción de inocencia. En uno de los casos, la parte demandante, alegó la vulneración del principio de presunción de inocencia, ya que no se aportaron al expediente los elementos de prueba necesarios para determinar los hechos.

El expediente administrativo no contenía pruebas que demostraran que el vehículo denunciado circulaba por una vía reservada o restringida. Además, no había documentación que acreditara la instalación de carteles informativos en lugares visibles que avisaran de la captación y transmisión de datos o imágenes.

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